CERTIFICACION ENERGETICA LEY 235/2013 EN VIGOR A PARTIR DEL DIA 01/06/2013


Certificación energética: en 2013 será obligatoria para alquilar o vender una vivienda.


 

¿Qué letra es tu vivienda? Es una buena pregunta con vistas al año que viene, porque las que tengan más de cinco años de antigüedad —las construidas antes de noviembre de 2007—, que se vendan o alquilen, deberán contar con un certificado energético, un informe que, a modo de etiqueta, indique su consumo energético. 
Del mismo modo que un propietario informa al comprador o inquilino de la superficie, ubicación, estado y características de su vivienda, deberá avisar de su eficiencia energética. Esto ya es obligatorio en las viviendas de obra nueva. El fin: favorecer las inversiones en ahorro de energía. La A será la mejor calificación (menor consumo energético), y la G, la peor (mayor consumo).
“Lo normal es que la mayor parte de las viviendas que se certifiquen estén por debajo de la E, se esperan muchas F y G, ya que se trata de casas construidas con anterioridad a 2007 y en pocos casos se pensó en la eficiencia energética ni en su consumo. Quizá alguna vivienda que haya sido rehabilitada puede aspirar a calificaciones cercanas a la C”, señalan en Certicalia.com, plataforma online que funciona como herramienta para que los propietarios puedan conseguir el certificado de una forma sencilla.

Una vivienda con la calificación A tendrá mayor valor que la que tenga la G
No hay que obtener una calificación determinada para vender o alquilar la vivienda, solo es una etiqueta informativa para los futuros compradores o inquilinos, pero hay que tenerla.
De hecho, esta etiqueta deberá aparecer en cualquier anuncio, tanto en los escaparates de las inmobiliarias como en los portales inmobiliarios. Así ocurre ya en Italia, donde se publicita la eficiencia energética: luminoso, céntrico, letra B... “Hasta ahora, en el proceso de compra o alquiler de una vivienda, el coste energético de su uso ha sido escasamente considerado, pero eso va a cambiar”, señalan en la Asociación Empresarial de la Gestión Inmobiliaria (Aegi), que ha creado un departamento de energía para formar como asesores energéticos a los inmobiliarios y que tiene como reto dar a conocer el certificado entre los clientes y que lo exijan en sus transacciones.
El paso en lo energético es gigante. Para que el propietario consiga comprador o inquilino también es bueno, es un auténtico valor añadido. “Sí que afectará a la valoración que hagan de los inmuebles los potenciales compradores o arrendatarios, ya que a la hora de tomar una decisión no solo tendrán en cuenta el precio de compra o de alquiler, sino también el coste de la energía de su uso”, dice esta patronal.

El coste derivado de las nuevas certificaciones se calcula en 45 millones de euros de media durante los 5 primeros años
Este certificado lo podrá emitir un arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, tanto si actúa por su cuenta como en una empresa. El propietario elegirá libremente entre aquellos profesionales que ofrezcan este servicio en función del precio que le oferten. Hay algunas plataformas que están ofreciendo estos servicios, aunque también se pueden dirigir a los colegios profesionales, que tendrán bolsa de trabajo, señalan en el Instituto para Diversificación y Ahorro de Energía (IDAE), que está desarrollando el Plan de Formación sobre los programas informáticos de calificación energética. Así, la aprobación de este real decreto también es una oportunidad para crear nuevos puestos de trabajo.
Ya hay profesionales que se dedican a esta actividad. En la plataforma Certicalia, por ejemplo, disponen de 2.000 técnicos registrados y muchos de ellos ya han realizado certificaciones en edificios de nueva construcción. Aquí se ofrece al propietario varios presupuestos de los técnicos más cercanos a su vivienda.

Cuándo será obligatorio certificar

Hay una directiva europea de eficiencia energética que obliga a certificar a partir del 1 de junio de 2013. Pero en España no está regulada porque el proyecto de real decreto sobre certificación energética de edificios existentes está sin aprobar. Permanece en el Consejo de Estado y tiene que pasar al Consejo de Ministros. Fuentes del Ministerio de Industria son optimistas, creen que es previsible que se apruebe antes de fin de año. Y lo cierto es que mientras no esté publicado el real decreto la trasposición no será efectiva. Ya nos dieron un toque: la comisión denunció a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por incumplimiento al limitar el certificado de eficiencia a los nuevos inmuebles y a los que sufren una renovación importante.
Parece que llega, aunque tarde. “En caso de que el real decreto entrara en vigor en enero, se habría tardado ocho años en transponer dos directivas que fomentan la eficiencia energética en un país con una dependencia del 80%. La lentitud exasperante de la tramitación de la certificación solo es equiparable a la rapidez con la que se adoptan medidas que pretenden satisfacer al sector energético”, según la Asociación Pro Derechos Civiles, Económicos y Sociales, ADECES.
Otra puntualización. “El alcance de este real decreto se ha quedado corto. Además de en viviendas y locales, es preciso actuar sobre el edificio, máxime cuando se quiere fomentar la rehabilitación energética del parque residencial. Se debería implementar una auditoría energética obligatoria en comunidades de propietarios”, según Ángel Ignacio Mateo, secretario del Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid.
El técnico elegido visitará el inmueble para la toma de datos necesaria para su informe. Los indicadores que se valoran son calefacción, refrigeración, agua caliente sanitaria e iluminación.
La envolvente (paredes, forjados, ventanas, suelos, tejados, puertas, chimeneas…), los sistemas de generación de energía, así como la clase de electrodomésticos, incluido el tipo de cocina, son los que más decantarán la balanza, dicen en Certicalia.
Además de fijar la letra, el técnico tiene que proponer medidas de eficiencia energética rentables para el usuario, con una estimación de cada una de las inversiones y el periodo de retorno de las mismas, lo que es “un aspecto importante que debe influir en la decisión de compra o alquiler”, recalcan en Aegi. De hacerse, las reformas más habituales serán la sustitución de ventanas y sistemas de climatización.
Y si se quiere subir un par de niveles habrá que invertir entre 5.000 y 6.000 euros, una rehabilitación que puede amortizase en unos cinco años, según la Asociación Española para la Calidad en la Edificación, ASECE. Entre dos viviendas de las mismas dimensiones el ahorro energético entre una calificación A y una G puede ser del 70%.
El plazo de validez del certificado será de 10 años y la inspección del cumplimiento corresponderá a las comunidades autónomas. El comprador o inquilino lo podrá reclamar y el propietario podrá ser multado.

El coste de estos certificados está aún por determinar, ya que será un mercado libre. El precio medio de la certificación energética se calcula en 250 euros. El propietario tendrá que presentar el certificado al órgano competente de la comunidad autónoma, lo que supondrá una media de 30 euros en concepto de tasas.
Sí, más gastos. Pero también más valor añadido y más ahorro energético (si se hacen las reformas). En total, se calcula que el coste derivado de las nuevas certificaciones de eficiencia energética de los edificios será de 45,3 millones de euros de media anual durante los primeros cinco años, de los que 40,8 millones corresponderán al sector de viviendas y el resto al terciario.
Los ahorros anuales que se podrían obtener son de aproximadamente 13.400 toneladas equivalentes de petróleo, suponiendo que se realizaran actuaciones de mejora de la eficiencia energética en un 10% de los edificios certificados y se consiguiera un ahorro medio de un 20% con las medidas.
BOE:
http://www.boe.es/boe/dias/2013/04/13/pdfs/BOE-A-2013-3904.pdf
ARTÍCULO EL PAIS:
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2012/12/06/madrid/1354788485_426756.html



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